Periódicamente, por esta Academia CEIF se imparten los siguientes cursos de formación permanente, en clases presenciales, en horario a determinar:
** Formación permanente y especialización.
A los que se hace referencia en la nueva Ley de Seguridad Privada (5/2014, de 4 de abril), y cuya periodicidad se determinará reglamentariamente.
De conformidad con lo establecido en el artículo 57 del Reglamento de Seguridad Privada, el personal de seguridad privada, al que se refiere dicho artículo (Vigilantes de Seguridad), participará en cursos de actualización o especialización impartidos en centros de formación autorizados, que tendrán una duración, como mínimo, de veinte horas lectivas anuales, con un porcentaje de, al menos, el cincuenta por ciento de formación presencial (artículo 7 de la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada -BOE. núm. 42 de 18 de febrero de 2011).